sábado, 28 de mayo de 2011

BASES DEL TORNEO INTERMEDIO

BASES DEL CAMPEONATO INTERMEDIO
ASOCIACION DEPORTIVA DE FUTBOL PROFESIONAL
Campeonato Intermedio – Copa Movistar 2011
Título Primero
GENERALIDADES
La ADFP, viene impulsando un proceso de cambio, a partir del desarrollo de la descentralización del futbol, generando espacios para la aparición de nuevas figuras talentosas que amplíen el universo de jugadores con capacidad de alternar en el Fútbol Profesional y en las Selecciones Nacionales.
OBJETIVO:
El campeonato intermedio, tiene como finalidad, dar competencia a jugadores de regiones que no vienen compitiendo en el nivel más alto del futbol peruano.
 BASES GENERALES
Artículo 1º. Finalidad y Alcance de las Bases.- Las presentes Bases, norman el desarrollo del Campeonato Intermedio correspondiente al año 2011. Este Torneo, constituye una competencia de carácter oficial de la ADFP, con el apoyo de la FPF, a  nivel nacional y participarán en el mismo los 16 (dieciséis) Clubes que  integran la ADFP y 16 equipos invitados de Segunda División y ligas departamentales, siendo los equipos, los siguientes:
Alianza Atlético
Alianza Lima
Cienciano
C.N.I.
León de Huánuco
Deportivo Cobresol
Deportivo Universidad César Vallejo
Deportivo Universidad San Martín de Porres
F.B.C. Melgar
Inti Gas
Club Unión Comercio
Juan Aurich
Sport Boys
Sport Huancayo
Sporting Cristal
Universitario de Deportes
  
Artículo 2º. Organización.- La organización, control y desarrollo del Campeonato Intermedio del presente año, estará a cargo de la ADFP, con el apoyo de la FPF.

Artículo 3º. Normas para el Campeonato Intermedio.- El Campeonato Intermedio  para el  presente año, se regirá por las siguientes normas y Reglamentos:

En su organización:

Las presentes Bases.
(2)  Reglamento único de Justicia Deportiva de la Federación Peruana  de Fútbol.
(3)  Oficio N° 041 – FPF – 2011 que expide la resolución N° 001 – FPF -2011, en la que la claúsula 8, norma la realización del Campeonato Intermedio.

b) En lo deportivo:

(1) Reglas de Juego FIFA;
(2) Disposiciones de la FIFA;

Artículo 4º. Aprobación de las Bases.- Las presentes Bases, entrarán en vigencia luego de su aprobación por la Federación Peruana de Fútbol.

Artículo 5º. Trofeos en disputa durante el Torneo: En el Campeonato intermedio a que se refieren las presentes bases, se disputará el Trofeo “Copa Movistar Torneo Intermedio”.

Artículo 6º. Definición de caso fortuito y de fuerza mayor.- Se consideran casos fortuitos o de fuerza mayor, los hechos que no han podido preverse, o que previstos, no han podido evitarse.
Los casos fortuitos consisten en hechos producidos por la naturaleza, tales como: lluvias torrenciales, granizadas, nevadas, sismos, incendios, huaycos, o cualquier otro tipo de evento o sucesión de eventos de origen natural.
Los casos de fuerza mayor son los hechos generados por el hombre, tales como: las huelgas en aeropuertos y en compañías de transportes, la cancelación de los vuelos, los accidentes colectivos de equipos, la eventual cancelación de garantías otorgadas para la celebración de un partido o el no otorgamiento de dichas garantías, las guerras, los actos de sabotaje y de terrorismo.

Artículo 7º. Comisarios del Torneo.-  Constituye responsabilidad de la Junta Directiva de la ADFP, designar Comisarios para la coordinación, control y supervisión del normal desarrollo de todos los partidos. No podrán ser designados Comisarios los Dirigentes, y/o Delegados de los Clubes participantes en el Torneo respectivo.

Los Comisarios son los representantes oficiales de la ADFP durante las actividades correspondientes a cada partido y responsables de garantizar tanto la organización, incluyendo las medidas de seguridad, como el desarrollo sin contratiempos de dichos partidos, actuando de acuerdo a la normatividad señalada en las presentes Bases. A solicitud de cualquiera de los clubes participantes se podrá solicitar la presencia de un inspector de Comisarios, cuyos gastos serán abonados por el Club solicitante.

La  Junta Directiva de la  ADFP, informará expresa y oportunamente a los Clubes, respecto a la designación de los Comisarios para cada partid.

El costo de su participación será asumido por la ADFP.

Título Segundo

SISTEMA DEL TORNEO

Artículo 8º. Del Torneo.-

El campeonato se realizará durante los meses de Junio y Julio.
El torneo se jugará en rondas de eliminación directa, siendo la primera ronda, un solo partido, donde los equipos de la ADFP jugarán contra equipos invitados. A partir de la segunda ronda serán en partidos de ida y vuelta.

Artículo 9. Normas generales para el desarrollo del Torneo:

Primera Ronda:

Se jugará un partido de 90 minutos, si el partido terminara empatado, se lanzaran penales de acuerdo al sistema FIFA hasta definir al ganador.

Octavos de Final, Cuartos de Final y Semifinales

Cada una de las siguientes rondas se efectuará con dos partidos de ida y vuelta  cada uno de 90 minutos, en caso igualen, clasificará el equipo con mayor diferencia de goles. En caso persista el empate se lanzarán penales de acuerdo al sistema FIFA, hasta definir al ganador.

Final.

Se realizará con dos partidos de  ida y vuelta de 90  minutos cada uno entre los dos finalistas. Si  igualaran, se jugarán dos tiempos suplementarios de 15 minutos. De persistir la igualdad se lanzarán penales de acuerdo al sistema FIFA hasta definir al ganador.


Artículo 10º. Localias.- En la primera ronda o llave tendrán la calidad de visitantes los equipos integrantes de la ADFP.
Para la realización de las siguientes o llaves, la Junta Directiva de la ADFP efectuará el sorteo correspondiente para determinar la localía del primer partido.
  
Artículo 11º. Sanciones por Tarjetas amarillas .- Los jugadores que acumulen 2 tarjetas amarillas en el campeonato, serán suspendidos durante una fecha.

Artículo 12º. Aplicación de sanciones.-

Las suspensiones derivadas de las Resoluciones de la Comisión de Justicia, se aplicarán en el o los partidos oficiales del Campeonato Intermedio, que se realicen inmediatamente después de la oportunidad, en que la sanción quedó consentida o ejecutoriada.

La interposición de recursos de impugnación contra las Resoluciones de la Comisión de Justicia de la ADFP, no suspenden la aplicación de la sanción impuesta exclusivamente en su primera Fecha.

Artículo 13º. Declaración oficial del Campeón, Sub Campeón.- La FPF declarara oficialmente al Club Campeón y Sub Campeón dentro de las 48 horas posteriores a la finalización del Torneo respectivo. Dicha declaración se hará constar en Boletín Oficial que se distribuirá a los Clubes que integran la ADFP.
  
Título Tercero

DE LOS ESTADIOS Y CAMPOS DE JUEGO
  
Artículo 14º. De la autorización de los estadios.- La ADFP autorizará los estadios en los que se realizará el presente campeonato.

Título Cuarto

DEL REGIMEN ECONOMICO
  
Artículo 15º. Fechas para la Suscripción de los Convenios.- Los Clubes participantes en el Torneo suscriben de común acuerdo los Convenios para la realización de sus partidos. Los Convenios constan por escrito en los formularios que para el efecto expide la ADFP y pueden incluir los anexos que las partes acuerden.

Los Convenios, reciben la conformidad del Presidente de la ADFP. En ausencia del Presidente, pueden hacerlo los miembros de su Junta Directiva que lo reemplazan temporalmente, de acuerdo al orden jerárquico o el Gerente General.

Una vez refrendados los Convenios ellos resultan de naturaleza obligatoria para las partes. Corresponde a la Junta Directiva de la ADFP controlar su cumplimiento.

Los Convenios pueden ser modificados, por razones excepcionales previo acuerdo de los Clubes participantes y siempre que dichas modificaciones no interfieran estructuralmente en el desarrollo del Torneo.

 Los convenios para la primera la primera ronda, deberán suscribirse con una anticipación de 15 días.

Los convenios de las siguientes rondas, se harán de acuerdo a lo indicado por la junta directiva de la ADFP.

 Articulo 16°. Invalidez de Acuerdos.-  No tienen validez ni fuerza obligatoria, los Convenios, pactos o acuerdos de cualquier naturaleza que adopten los representantes de los Clubes involucrados ya sea en forma oral o por escrito, fuera de los formularios expedidos por la ADFP, o que no sean anexados a estos y/o  no cuenten con la autorización de la Comisión Organizadora.


Artículo 17º. Derecho a la Taquilla.- Los ingresos y gastos operativos corresponden tanto al equipo local como visitante en un 50% para cada uno, luego de  deducir lo siguiente:
2% ADFP
3% FPF
5% alquiler de estadio.
S/1.60 por espectador para el fondo de transporte.
S/0.50 por espectador para el seguro.

Título Quinto

DEL RÉGIMEN DE ENTRADAS

Artículo 18º. Precios de las entradas.- El precio de las entradas fijadas en el Convenio estará solo sujeto a los descuentos establecidos por las normas vigentes sobre el particular. No estará permitido incluir en dichos precios, importes que beneficien directamente determinados fines de los Clubes salvo acuerdo expreso de la Asamblea de Delegados sobre el particular.


Artículo 19º. Previsión de Palcos para Presidentes y Delegados de los Clubes.- Los Estadios de Lima y Provincias contarán con un sector de Palcos destinados al Presidente y a dos (2) Delegados de cada uno de los Clubes miembros de la ADFP. Para su ingreso y ubicación, presentarán el carné que los identifica. En el caso que un Estadio no contara con palcos para los efectos del presente artículo, el Club local, deberá habilitar un lugar en ubicación preferencial para las personas indicadas.

Artículo 20º. Entradas para el público aficionado.- Sólo podrá ingresar a los Estadios el público aficionado haciendo uso de las entradas autorizadas en el  Convenio respectivo. El Club local está facultado a realizar promociones para la venta de entradas, así como a otorgar entradas para instituciones de beneficencia y personal de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales, siempre que el detalle de las mismas conste en los respectivos Convenios.

Artículo 21°. Ingreso de Asociados, Jugadores y Personal Técnico.- Los Asociados del Club local y personal  técnico debidamente autorizados, así como los Jugadores aunque no participen en el partido podrán ingresar a los Estadios, previa presentación de sus respectivos carnets otorgados por el Club local. Para ello, a la firma del Convenio respectivo deberá precisarse con exactitud las tribunas en las que se ubicara dicho personal.

Queda terminantemente prohibido el uso de listas o relaciones de invitados para el ingreso a los Estadios, así como las entradas denominadas de "oficio". Las entradas de cortesía del Club local respectivo deberán figurar en el Convenio correspondiente y pagarán los gravámenes respectivos, al precio del valor de las entradas normales incluyéndose las que deriven de concesiones otorgadas por los propietarios de los Estadios para ser utilizadas por el Club local.

El ingreso del personal de Defensa Civil, socorristas del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú o de EsSalud, será controlado por el Club local quien queda autorizado a establecer los mecanismos y procedimientos necesarios para garantizar el adecuado trabajo de dicho personal.

Título Sexto

DE LAS REGLAS DE JUEGO, DE LOS JUGADORES Y ENTRENADORES

Artículo 22. Normas Generales para la participación de Jugadores y Entrenadores. Disposiciones Administrativas Generales.-

Los entrenadores y miembros del comando técnico de los equipo de la ADFP y la Segunda División podrán participar en el campeonato presentando los carnets expedidas por su respectiva asociación.
Los entrenadores y miembros del comando técnico de los equipos de las Ligas Departamentales para participar en el campeonato, deberán de inscribirse ante la ADFP, con 10 dias de anticipación al primer partido del campeonato. Para su inscripción los entrenadores, deberán de presentar su Titulo correspondiente.
Los jugadores de los equipos de la ADFP y la Segunda División podrán participar en el campeonato con el carné de cancha expedido por sus asociaciones.
Los jugadores de los equipos invitados para participar en el campeonato deberán de inscribirse ante la ADFP, solo hasta 10 días antes de la realización del primer partido del campeonato, debiendo adjuntar para dicho efecto la carta del jugador debidamente  visada por la liga departamental correspondiente, la copia del D.N.I,, una foto tamaño carné, y el pago correspondiente.


Artículo 23º. Identificación de jugadores.- El carné de cancha otorgado por la ADFP, en el caso de los equipos invitados, así como los carnets otorgados por la ADFP y la Segunda División, identifican a los jugadores que participan en el campeonato intermedio.

Artículo 24°. Jugadores en Campo.-  En el presente campeonato no se establece limitación o condicionamiento alguno respecto de la edad o nacionalidad de los jugadores, solo se requerirá su correspondiente inscripción en su respectiva asociación o liga.
  
Artículo 25º. Procedimiento de identificación en el partido.- Los Clubes observarán el siguiente procedimiento para identificar a sus jugadores antes del partido:

a. Los carnés de cancha así como la planilla en original y dos copias debidamente suscritas por el capitán, jefe de equipo o Delegado, deberán ser entregados al Árbitro principal, previo al inicio del partido.

b. El cuarto oficial identifica a los jugadores, verifica la planilla y carnés de cancha, devolviendo éstos últimos al Club respectivo. Además entrega una copia de la planilla a la ADFP en la persona del Comisario. Las otras copias son entregadas al árbitro y a la Comisión Nacional de Árbitros, asimismo verificará la presencia del Comando Técnico y Auxiliar en el banco de suplentes, los mismos que deberán portar en lugar visible el carné de identidad que entregará la ADFP.

c Si por alguna razón extraordinaria algún Club careciera de los carnés principales y los supletorios no se encontrasen en poder del Comisario, éste levantará un Acta con la intervención y firma de los Delegados y/o Dirigentes acreditados de ambos Clubes y la participación del Arbitro, la cual será suscrita por cada uno de los jugadores, los mismos que imprimirán la huella digital de su índice derecho y consignarán el número de su documento de identidad y/o pasaporte.

Artículo 26º. Sanción por actuación de Jugadores no hábiles para participar en un partido.- El Club que utiliza en cualquier momento del partido un Jugador no inscrito, mal inscrito, sancionado, será sancionado con la pérdida del partido, anotándose un marcador de cero (0) a tres (3) en su contra, salvo que hubiese perdido por mayor diferencia de goles, en cuyo caso el resultado del marcador será respetado.

Artículo 27º. Uso de jugadores reemplazantes.- Durante cada partido, los equipos no pueden utilizar más de tres (3) sustitutos, independientemente del puesto que cubran, incluido el de arquero, los mismos que son elegidos entre los jugadores que figuren en la planilla respectiva.

Artículo 28º. Mínimo de jugadores para iniciar el partido.- Los encuentros pueden iniciarse hasta con siete (7) jugadores por cada Club, de acuerdo a la reglamentación internacional. Los jugadores restantes están facultados para incorporarse durante el desarrollo del partido.

Artículo 29°. Presentación de jugadores.- Los jugadores deben estar correctamente uniformados. La presentación del uniforme observará las disposiciones del reglamento FIFA sobre el particular. Dicha presentación comprende:

a. Las camisetas deberán estar numeradas desde el uno (1) hasta el dieciocho (18);

b. La camiseta, pantalón y medias son las que corresponden al uniforme oficial del equipo por el que juegan;

c. Las calzas serán del mismo color que el pantalón y no pueden exceder del largo de éste;

d. El uso de canilleras es obligatorio;

f.       Las medias se usan subidas.

Artículo 30º. Uniforme de los Clubes.- Los colores y características de los uniformes de los Clubes, incluyendo los alternativos, tienen por finalidad distinguir e identificar a éstos en el campo de juego. Los Clubes deberán utilizar siempre su uniforme oficial.

En caso que, a criterio del árbitro, los colores de los uniformes de un Club sean similares a los del equipo contendor, cambiará el uniforme el Club visitante, debiendo utilizar su uniforme alternativo.

Para evitar situaciones conflictivas y resulte factible prever la misma, en los convenios que se firman semanalmente para la realización de los partidos, se debe incluir, en el párrafo observaciones, el color de las camisetas, short y medias de ambos equipos, los que deberán ser diferentes.

El número que corresponde a cada jugador debe contrastar con el color del uniforme del Club, y se ajustará a las especificaciones que el Reglamento de la FIFA señala. Los números de la espalda tendrán veinticinco (25) centímetros de alto y los del torso quince (15) centímetros.

Artículo 31º. Uso promocional o comercial del uniforme.- Los Clubes pueden inscribir propaganda comercial en el uniforme de sus jugadores. Para este efecto se observarán las disposiciones de la FIFA sobre el particular. En ningún caso esta propaganda puede impedir la perfecta visibilidad del número correspondiente al jugador.

Los jugadores no deben mostrar al público camisetas interiores con lemas o publicidad.

Artículo 32º. Ingreso al recinto y campo de juego.- El ingreso al recinto de juego que incluye la cancha y lugares adyacentes a las mismas, excepto las tribunas asignadas a los espectadores, solo será permitido al siguiente personal:

Jugadores titulares y suplentes de ambos equipos.

Cuerpo técnico, médico y auxiliar que en ningún caso excederán de 7  personas.

Personal encargado del control del partido, Comisario de la ADFP, Arbitro            principal y auxiliares.

Efectivos de la Policía Nacional, y otros organismos de seguridad que resulten indispensables en función del Plan de Seguridad, determinado por la autoridad correspondiente.

Personal de camilleros (no más de 4 personas).

Personal de recogebolas (no más de 06 personas).

Personal encargado de operar la ambulancia (no más de 3 personas).

Personal de Televisión encargado de operar las respectivas cámaras.

Dirigentes debidamente identificados de los clubes que participan en el partido con la limitación de abandonar el recinto de juego antes del inicio del encuentro.

Mascotas con autorización de la ADFP.

El personal autorizado para ingresar al recinto de juego deberá ubicarse en los lugares correspondientes de acuerdo a la reglamentación FIFA y su eventual ingreso al campo de juego, deberá contar con la expresa autorización del árbitro del partido.

Las limitaciones señaladas no permiten por lo tanto el ingreso al recinto de juego de hinchas, simpatizantes, familiares, amigos, mascotas, ni personal de prensa, excepto el señalado en los incisos precedentes. En casos excepcionales debidamente sustentados por los Clubes, en el momento de la firma del Convenio, a ADFP podrá autorizar el eventual ingreso de determinado personal al recinto de juego.


El Comisario de la ADFP, efectuará las  coordinaciones correspondientes con el árbitro del partido, a fin de que el mismo no se inicie o se interrumpa mientras personal no autorizado se encuentre en el recinto del juego.

Artículo 33º. Banca de Suplentes.- En el lugar destinado a la Banca de Suplentes se ubicarán hasta (14) personas por Club. De este cupo (7) lugares corresponden al cuerpo

Técnico, médico y auxiliar, que deberán contar con su carné que entregaran al Árbitro asistente.

Título Séptimo

DE LOS PARTIDOS

Artículo 34º. Organización y  promoción de los partidos.- Corresponde en la primera ronda a ambos clubes participantes y posteriormente en las siguientes rondas solo al club local,  la ejecución de las disposiciones contenidas en las presentes Bases y las adicionales dictadas por la Junta Directiva de la ADFP en coordinación con la FPF, para la organización de los partidos en estrecha coordinación con los organismos que directa o indirectamente participan en dicha actividad. La promoción de los partidos corresponde a los Clubes interesados en los mismos.

Artículo 35º. Programación de los partidos.- La programación de los partidos se sujeta a las siguientes normas:

El Club local escoge Estadio (autorizado por la ADFP), camarín, zona técnica y ubicación de sus simpatizantes. Está facultado asimismo para fijar el día y la hora en que se realizará el partido, que estarán señalados puntualmente en el convenio respectivo, salvo que por convenir a los intereses de la ADFP y previo acuerdo de la Asamblea de Delegados resulte necesario establecer determinada fecha y hora para garantizar la excepción en referencia
  
En el caso de que dos equipos actuando de locales coincidan en la elección del escenario en que ejerce su localía, se realizará un sorteo para elegir  la prioridad de la elección del día y hora.
  
Los recogebolas y camilleros serán proporcionado por el Club Local, el cual anticipadamente deberán presentar una relación hasta de 20 personas que pondrá a la disposición del Comisario el cual indicara las personas que trabajaran el día del partido. Su desempeño será evaluado por el Árbitro y por el Comisario del partido en forma clara y objetiva.

El Club local está obligado a presentar, para el desarrollo de cada partido, por lo menos cinco (05) balones de los cuales previo pago dos (02) deben ser nuevos y a remplazar por uno (01) nuevo  cualquier balón usado que el Arbitro considere no reúne las condiciones mínimas para ser utilizados durante el partido. Para tal efecto, los Clubes locales deberán asegurar la disponibilidad de balones nuevos que pudieran resultar necesarios para cada partido.

Los Clubes podrán programar como preliminar un partido de la categoría menores. Este partido deberá terminar 40 minutos antes del inicio del partido programado por el Torneo.

Artículo 36º. Postergación o suspensión de partidos.- Los partidos pueden ser postergados o suspendidos únicamente por caso fortuito o de fuerza mayor, siempre y
cuando no se pueda jugar en un campo alterno en otra hora y en la misma localidad, previo informe del comisario y/o árbitro del encuentro en coordinación con la Junta Directiva de la ADFP.

Artículo 37º. Programación y plazo para jugar partidos postergados o suspendidos.- En caso de postergación o suspensión de un partido por caso fortuito o de fuerza mayor, determinado por la autoridad competente,  este deberá jugarse en las próximas veinticuatro (24) horas, preferentemente en el mismo estadio programado inicialmente. Si persistieran las condiciones de caso fortuito o fuerza mayor y no fuera factible que el encuentro se lleve a cabo en las próximas veinticuatro (24) horas, la Junta Directiva de la ADFP, fijará nueva fecha hábil, hora y lugar, sin interferir  el calendario del Torneo.

Artículo 38º. Postergación facultativa del Árbitro. Postergación definitiva.- Llegada la hora de iniciación del partido, si existiera un caso fortuito o de fuerza mayor, no relacionada con la llegada del equipo visitante a la ciudad donde se realizará el partido, el árbitro está facultado para postergar el inicio de un partido hasta por un máximo de 15 minutos, previa coordinación con el Comisario del partido. Expirado este plazo o antes si las condiciones lo permiten, dispondrá el inicio del encuentro.

Expirado el plazo indicado, si a juicio del árbitro no es posible o conveniente el inicio del partido, se entenderá que la postergación es definitiva. De este hecho se deberá levantar un acta con intervención de los representantes de los Clubes participantes y el Comisario designado.

En estos casos, se aplicará lo indicado las el artículo N° 37.

Artículo 39º. Suspensión de partidos. Reglas de su reanudación.- El partido suspendido por caso fortuito o fuerza mayor, se reanudará para jugar el tiempo pendiente. El partido reanudado conservará el resultado parcial registrado al momento de la suspensión así como, necesariamente, los mismos jugadores y la cuarteta de árbitros.

Los jugadores expulsados en el partido suspendido por caso fortuito o fuerza mayor no podrán actuar ni ser reemplazados por otros jugadores para la reanudación del mismo.

Corresponde a la Junta Directiva de la ADFP programar la reanudación del partido.

Artículo 40º. Control de cumplimiento de la programación.- Es atribución de los Comisarios, controlar el estricto cumplimiento de los horarios señalados en la programación.

El partido deberá iniciarse a la hora exacta, para lo cual a su llegada al Estadio, el Comisario coordinará con los Jefes de Equipo o Entrenadores de los Clubes participantes y con el Árbitro, la sincronización de sus respectivos relojes, en base a la hora oficial que los Comisarios que intervendrán en la Fecha respectiva colocarán en sus relojes

El Arbitro dará inicio al partido luego de recibir la conformidad respectiva por parte del Comisario, quien deberá asegurarse que para entonces se hayan cumplido con las normas establecidas y particularmente con la referida a que no se encuentren en el recinto de juego personas no autorizadas. Para ello si durante el desarrollo del partido se produjera alguna trasgresión a las normas establecidas para garantizar la seguridad del espectáculo, el Comisario podrá solicitar detener el partido, hasta que se restablezca el orden correspondiente.

Artículo 41º. Inicio del partido.- Los jugadores de los Clubes participantes, deberán encontrarse listos para iniciar el partido a la hora señalada en la programación. Para ello los equipos ingresarán a la cancha a más tardar 05 minutos antes de la hora señalada para el inicio del partido. Para reiniciar el partido luego del descanso del primer tiempo los equipos ingresaran a la cancha no más de quince minutos después de finalizado el primer tiempo..

En el caso que la demora al ingresar a la cancha sea mayor a 10 minutos, la Comisión de Justicia podrá aplicar una sanción mayor.

Artículo 42°. Viaje oportuno.- El Club que juegue como visitante, deberá encontrarse el día anterior en la ciudad donde se realizará el partido para cumplir el compromiso programado, sin perjuicio de ello podrá bajo su responsabilidad, viajar el mismo día del partido, en cuyo caso no podrá aducir caso de fuerza mayor o caso fortuito,

Artículo 43º. Permanencia de los árbitros en sede de partidos postergados.-
Salvo disposición contraria de la Junta Directiva de la ADFP, los árbitros a quienes corresponda dirigir un partido postergado, están obligados a permanecer en la sede en que dicho partido debió llevarse a cabo durante las veinticuatro (24) horas siguientes a la fecha programada para el mismo.

Artículo 44º. Responsabilidad del Club local por la seguridad personal del árbitro y de la delegación visitante.- El Club local es responsable de la seguridad de los árbitros encargados de dirigir el encuentro, Comisarios, inspectores y de la delegación visitante (dirigentes, jugadores, personal técnico y auxiliares), desde su ingreso al Estadio hasta la salida del mismo. Deberá coordinar con la Policía Nacional del Perú las medidas de seguridad que sean necesarias durante la estadía en la ciudad del equipo visitante.

Artículo 45º. Mantenimiento de la tolerancia, orden y respeto mutuo durante los partidos. Invocación al orden.- Si dentro de las instalaciones de los Estadios, el público realizara manifestaciones agresivas o actitudes hostiles o se comportara con violencia que ponga en riesgo la seguridad de los Jugadores, los Árbitros, el personal técnico y auxiliar, los dirigentes, contra otros espectadores o contra la prensa, se realizará un llamado general al público mediante parlantes o altavoces a la tolerancia, a la conservación del orden y al cese de las agresiones o actos hostiles, con la advertencia de que si persistiera la conducta inapropiada se procederá a la suspensión definitiva del partido. Producida esta suspensión, la Comisión de Justicia se deberá avocar al conocimiento de los hechos, para determinar las responsabilidades.

Artículo 46º. Suspensión de partidos por conducta intolerante del público.- En caso que el árbitro se viera obligado a suspender definitivamente un partido, en cualquier momento de su desarrollo por las razones determinadas en el artículo anterior, deberá informar al Comisario quien procederá a hacerlo conocer a los respectivos Clubes. Dicho partido deberá reanudarse dentro de las 24 horas siguientes en el mismo escenario y a puertas cerradas, si no resulta factible reanudar el partido en el plazo establecido, la Junta Directiva programará nueva fecha, hora y lugar para dicho evento.
Es de aplicación lo dispuesto en el primer y segundo párrafo del artículo 39.

Artículo 47º. Responsabilidad por suspensión de partido.- Si la responsabilidad por el desorden y daños que originaron la suspensión de un partido corresponde a los Jugadores, Cuerpo Técnico y Auxiliar de uno sólo de los Clubes y su autoría se encuentra debidamente comprobada, y el equipo estuviera ganando el partido, la Comisión de Justicia de la ADFP determinara el marcador de cero (03) a tres (3) en contra del equipo que originó los daños. En este caso el partido no será reanudado.

Artículo 48º. Sanción a Clubes responsables por violencia recíproca.- Si la responsabilidad por los hechos que originaron la suspensión del partido, debidamente comprobada, corresponde a los Jugadores, Cuerpo Técnico o Auxiliares de ambos Clubes, los puntos en disputa no son adjudicados a ninguno de los Clubes por la Comisión de Justicia, independientemente del resultado parcial del encuentro al momento de su suspensión. En este caso los goles anotados no se considerarán para la formulación de las Tablas de Posiciones. Las tarjetas amarillas o rojas consignadas por el Árbitro en su informe se considerarán para la aplicación de las sanciones respectivas. En el caso que motiva el presente artículo, el partido no será reanudado.
  
Título Octavo

SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LA PROGRAMACIÓN

Artículo 49º. No presentación, abandono o no reanudación del partido.- El Club que incumple con la programación omitiendo presentarse a jugar el partido, abandonando el campo de juego o negándose a reanudar el encuentro suspendido por el Árbitro, será declarado perdedor por walk over (W.O.)
El equipo contendor gana el partido por tres (3) a cero (0), salvo que al momento de la suspensión tuviese un marcador más favorable, y se le adjudicarán los tres (3) puntos en disputa.

Artículo 50º. No presentación simultánea de ninguno de los dos equipos.- Cuando no se presentan en el campo de juego ninguno de los equipos que debieron jugar un partido programado, ambos serán descalificados del torneo.

 Artículo 51º. Retiro del Torneo - Sanciones a Dirigentes.-  Al equipo que se retira del Torneo, se le inhabilitará para participar en el futuro en cualquier evento o campeonato organizado por la ADFP, así mismo se le aplicará una multa de 50 UIT`.
Los miembros de su junta directiva, serán sancionados con la inhabilitación para ejercer cargos en el sistema futbolístico profesional de por vida.
  
Título Noveno

DEL ARBITRAJE Y LA COMISIÓN NACIONAL DE ARBITROS

Artículo 52º. Naturaleza y facultad de la Comisión Nacional de Árbitros.- La Comisión Nacional de Árbitros, como organismo auxiliar de la Federación Peruana de Fútbol, se encuentra facultada para programar a los árbitros que deben actuar en el Torneo Intermedio, siguiendo los procedimientos establecidos en las Bases, así como para supervisar su actuación.

Artículo 53º. Programación y designación de Árbitros.- La Comisión Nacional de Árbitros de la Federación Peruana de Fútbol tiene a su cargo la designación de la terna de árbitros para los partidos del Torneo Intermedio correspondiente, a cada uno de los partidos del referido Torneo.
Ningún Club podrá cuestionar la designación de los árbitros.

Artículo 54º. Honorarios, de los Árbitros.- Su determinación estará a cargo por la ADFP.

Artículo 55º. Reemplazo de árbitros.- La ausencia de uno o más árbitros designados para un encuentro, no impide la realización del partido programado.

El reemplazo de los ausentes se produce con árbitros no designados para el encuentro, mediante la autorización conjunta del Comisario de la ADFP y del representante de la Comisión Nacional de árbitros local.

Si algunos de los árbitros o la Terna completa no concurre, su reemplazo se determina treinta (30) minutos antes del partido, previa evaluación de los Árbitros locales disponibles en coordinación con el  representante de la Comisión Nacional de Árbitros.

Artículo 56º. Árbitros Nacionales habilitados para su designación.- Para efectos de la programación y designación de los Árbitros que dirigirán los partidos, la Comisión Nacional de Árbitros de la FPF, considera a los árbitros de todo el territorio de la República autorizados por  dicho organismo.

Artículo 57º. Oportunidad del informe de los árbitros. Presentación de discrepancias de los participantes en el Torneo.- Los árbitros son responsables por la entrega de la planilla de juego y sus respectivos informes, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la conclusión o, en su caso, de la suspensión del partido. Dicha entrega incluye una copia de la planilla para la ADFP en la persona del Comisario y otra copia a la Comisión Nacional de Árbitros, además de la copia que retiene el árbitro como cargo.

Si por razones de caso fortuito o fuerza mayor, o porque los partidos se llevan a cabo en día miércoles y el informe no hubiera podido ser entregado a tiempo, el árbitro informa por escrito a la Comisión Nacional de Árbitros y a la Gerencia General de la ADFP, las
incidencias del partido, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes, personalmente o vía fax. La Gerencia General de la ADFP debe dar cuenta de la recepción de esos informes a la Junta Directiva de la ADFP y a la FPF, tan pronto como sean de su conocimiento.

Los informes de los árbitros podrán también a solicitud de parte ser puestos en conocimiento de los Delegados de los Clubes, quienes quedan obligados a guardar la debida reserva respecto de su contenido.

Los clubes podrán discrepar del informe del árbitro ante la Comisión de Justicia de la ADFP, mediante escrito presentado a dicho organismo, hasta antes que inicie su sesión correspondiente a la fecha a la que se refiere dicho informe.

Artículo 58º. Incumplimiento arbitral.- El incumplimiento del árbitro en la formulación y entrega oportuna de sus informes es puesto en conocimiento de la FPF y de la Comisión Nacional de Árbitros, para la aplicación de las normas que resulten pertinentes.

Título Decimo

JURISDICCIÓN DEPORTIVA DEL TORNEO

Artículo 59º. Composición y competencia de la Comisión de Justicia.- La Comisión de Justicia será  de la ADFP, está conformada de acuerdo al Estatuto de dicho organismo y tiene competencia en el Campeonato Intermedio

La Comisión de Justicia, se rige por el Estatuto de la ADFP y por las normas establecidas en las presentes Bases. Es competente para aplicar las disposiciones que estimen pertinentes en relación a los casos sometidos a su jurisdicción.

La Comisión de Justicia de la Federación Peruana de Fútbol constituye órgano de segunda y última instancia.

Título Undécimo

DE LA COMISION DE BASES
  
Artículo 60°. Aprobación y Modificación de las Bases.- La comisión de Bases de la ADFP conforme a su responsabilidad propondrá ante la Junta Directiva de la ADFP la aprobación de las presentes bases.
Cualquier propuesta de modificación del texto de las presentes Bases deberá ser propuesta por la Comisión de Beses y aprobada por la ADFP y con el visto bueno de la FPF.

Título Duodécimo

DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Artículo 61º. Autorización de Ingreso a Representantes de Medios de Comunicación.- Con el fin de brindar las facilidades del caso a los medios de prensa escrita, hablada y de televisión, éstos deberán registrar ante la ADFP, la o las personas que tendrán a su cargo la cobertura del Torneo, las cuales recibirán una autorización, que les permitirá el acceso a los espectáculos que organiza la ADFP.

El carnet vigente para el año respectivo, expedido por el Círculo de Periodistas Deportivos, exceptúa a sus titulares de disponer de la autorización anotada en el párrafo precedente. Se solicitará a dicha Institución copia del padrón de sus asociados activos antes del inicio de cada Torneo a fin de evitar duplicidad con la entrega de las autorizaciones que otorga la ADFP.

Artículo 62º. Chaleco del personal de televisión y reporteros gráficos.- El personal de T.V. que tenga los derechos de transmisión de los distintos partidos se deberá identificar mediante chalecos con el distintivo del medio de comunicación para el cual laboran. Asimismo estará totalmente prohibido ingresar a la zona de acción del campo de juego desde el inicio hasta finalizar el partido. Por otro lado también está prohibido que las cámaras se muestren a los miembros del Comando Técnico de los Clubes durante el partido, porque éstas generan polémica y conflicto; caso contrario serán sancionados con la aplicación del último párrafo del presente artículo.

Los reporteros gráficos, en cumplimiento de las normas FIFA al respecto, estarán también identificados con un chaleco autorizado por la ADFP. Teniendo en cuenta que estos chalecos pueden ser objeto de publicidad, la facultad para otorgarlos será del Club local. Antes de iniciarse el Torneo los Clubes deberán hacer conocer a la ADFP si harán uso de dicha facultad. Caso de no ser utilizadas por los Clubes, podrá hacerlo la ADFP.

Los reporteros gráficos deberán ubicarse en los lugares que les son especialmente destinados y señalizados y hasta por un máximo de 50 personas y 2 metros detrás de la líneas finales respectivas. Cuando los equipos se encuentran alineados frente a la Tribuna Oficial, deberán realizar su toma fotográfica en las zonas reservadas para ellos.

Este personal estará prohibido de ingresar al campo de juego. Los infractores de ésta disposición serán desalojados del recinto de juego comunicando dicha situación a su centro de trabajo, en base al informe del Comisario.

Artículo 63º. Transmisión por televisión.- Los derechos de transmisión por televisión de los partidos del campeonato, son potestad exclusiva de los clubes integrantes de la ADFP.

En la  primera ronda los partidos serán trasmitidos por la televisora que tenga contrato pactado y firmado con el equipo integrante de la ADFP que jugara dicho encuentro.

Posteriormente en las siguientes rodas, si el partido a disputarse se realizara entre equipos que no pertenecen a la ADFP, estos renunciarán a cualquier derecho respecto de la trasmisión del mismo, siendo la ADFP la entidad que puede disponer de la trasmisión de dicho encuentro.

Título Decimo Tercero

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera:
La sanción de suspensión a jugadores y miembros del Comando Técnico prohíbe a los sancionados ingresar a los camarines y ubicarse en el área técnica o en otro lugar cualquiera del escenario deportivo donde resulte factible dirigir directamente a los integrantes del equipo. La ubicación será consultada y fijada en definitiva por el Comisario del partido que determinará un lugar, en la tribuna correspondiente, lo más alejado del campo de juego

Segunda:
La realización del fixture “Campeonato Intermedio 2011” estará a cargo de la Junta Directiva de la ADFP en coordinación con la empresa Movistar, ente que auspicia el torneo.

Tercero:
La comisión de Justicia sancionará el incumplimiento de cualquier norma de la presente base con la sanción  que establece taxativamente la norma. De no haberse efectuado la determinación de la sanción, será potestad de la Comisión de Justicia la aplicación de una multa, cuyo monto será establecido por este mismo órgano de acuerdo a su sano criterio de racionalidad.

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