lunes, 3 de enero de 2022

BASES ESPECÍFICAS DE LA ETAPA DISTRITAL

 

TITULO PRELIMINAR

 

Artículo Único. - El Campeonato Distrital en sus Tres Categorías o Divisiones, es la Primera Etapa del Sistema Nacional de Campeonatos de Fútbol de Aficionados.

 

TITULO I

 

DEL CAMPEONATO

 

Artículo 1.- El Campeonato Distrital en sus t res (3) Divisiones, será organizado y controlado por la respectiva Liga, conforme a las Bases Generales aprobadas por la Federación Deportiva Peruana de Fútbol y a las Bases Complementarias aprobadas por la respectiva Liga Deportiva Departamental.

 

Artículo 2.- La Primera División podrá contar como máximo con diez (10) equipos. La Segunda División como máximo con dieciocho (18), y la Tercera División será ilimitada. La Primera División podrá contar con doce (12) equipos, siempre que promueva la participación y competencia de la Tercera División u organice la Copa Federativa de Menores Distrital.

 

Artículo 3.- Los Clubes deben pertenecer a la Liga del Distrito donde tienen fijado su domicilio institucional, siendo esto verificado por la respectiva Liga.

 

Artículo 4.- El Fixture, en cada caso, será elaborado por sorteo y deberá cumplirse sin modificaciones.

 

Artículo 5.- En la Etapa Distrital el Registro Oficial de Jugadores se cerrará la víspera del primer partido de la segunda rueda o liguilla. Cuando el campeonato se desarrolle en una sola rueda se cerrará la víspera de la sexta fecha.

 

Artículo 6.- Finalizado el Campeonato de Primera División, el equipo Campeón y Sub-Campeón clasificará para jugar la Etapa Provincial; y los equipos que ocupen los dos últimos lugares descenderán a Segunda División. Para que clasifiquen dos equipos a la Etapa Provincial se requerirá que existan seis (6) o más equipos en la Primera División.

 

Artículo 7.- Los Campeonatos de Segunda y Tercera División se desarrollarán por grupos, cuando el número de clubes participantes sea más de ocho (8).

 

Artículo 8.- En caso de haber dos (2) grupos en Segunda y/o Tercera División, los equipos Campeones de cada Grupo ascenderán automáticamente de Categoría. Los equipos que ocupen el último lugar en cada Grupo, descenderán de Categoría.

 

Artículo 9.- En caso de haber más de dos (2) grupos en Segunda y/o Tercera División, los equipos clasificados en primer lugar en cada grupo jugarán una rueda, los dos (2) primeros ascenderán de Categoría. Los equipos que ocupen el último lugar en cada grupo jugarán una rueda, los dos (2) últimos descenderán de Categoría.

 

Artículo 10.- En caso de la Tercera División, los Clubes que desciendan de Categoría quedarán fuera de la misma por un (1) año calendario; y serán reemplazados por igual número de Clubes, respetando la antigüedad de la solicitud de afiliación. En caso de no participar, después del año calendario, serán desafiliados, comunicándose este hecho a la Liga Deportiva Departamental respectiva. En las Ligas donde no existe la Segunda División será de aplicación la presente norma.

 

Artículo 11.- En la Categoría de Primera División sólo permanecerán lo estipulado en el artículo 2. Cuando por efecto del descenso, un club que estuvo participando en una categoría superior deba retornar a su Liga de Origen, ese año se jugará con un mayor número de clubes que lo reglamentado, debiéndose condicionar la baja de tal forma, que al finalizar el torneo sólo queden el número de clubes con lo que reglamentariamente deben contar.

 

Artículo 12.- En las Ligas que, por efecto de la participación de sus equipos en las etapas superiores, se procederá con adecuar el descenso en la Primera División, de tal forma que con el ascenso de los 2 equipos de la Segunda División se complete el máximo de categoría.

 

Artículo 13.- Por excepción, solo en los Campeonatos de Tercera División, se permitirá la participación de Clubes Deportivos sin la Resolución de Inscripción en los Registros Públicos. La Liga Deportiva Departamental, previa Resolución autorizará la participación especial previa presentación de los siguientes requisitos:

a) Solicitud de Afiliación;

b) Acta de fundación del Club y elección de la Junta Directiva;

c) Estatutos simples adecuados a la Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte;

d) Declaración Jurada de domicilio del Club;

e) Fotocopia del Libro de Socios acreditados, debiendo contar con 50 asociados como mínimo; f) Constancia de afiliación otorgado por la Liga;

g) Copia fotostática del documento de identidad del: Presidente, Vicepresidente, Secretario de Actas, Tesorero, Secretario de Deportes y los dos Delegados.

 

Artículo 14.- Encárguese a las Ligas Deportivas Departamentales el reconocimiento de las denominadas Ligas Intra Sectoriales, las mismas que deberán estar inscritas en los Registros Públicos.

 

Artículo 15.- Los Clubes, Ligas Distritales, Ligas Provinciales y Ligas Deportivas Departamentales del país para intervenir en las competencias del Sistema Nacional de Campeonatos Copa Perú, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Constituirse legalmente como organización de base del deporte de afiliados, inscribiéndose en los Registros Públicos de su jurisdicción como una asociación civil sin fines de lucro.

b) Vencido su mandato deberá de renovar su Junta Directiva de conformidad con sus Estatuto debiendo presentar ante su Liga la Copia Literal Certificada de su última Junta Directiva para participar activamente en los Torneos Oficiales.

c) Los clubes están obligados a solicitar por escrito su participación en los campeonatos oficiales, cumpliendo con los requisitos establecidos por su Liga.

d) Los clubes, Ligas distritales y provinciales deberán inscribirse en el Registro Deportivo de su Liga Departamental.

e) Quienes incumplan con inscribirse en los Registros Públicos no podrán participar en el campeonato oficial del año deportivo, salvo casos excepcionales determinados por la Subcomisión de Fútbol Aficionado.

 

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

 

PRIMERA.- Excepcionalmente, Lima Departamento, podrá contar con dieciséis (16) equipos en Primera División, siempre que promueva la participación y competencia de la Tercera División u organice la Copa Federativa de Menores Distrital. Para el Inter Ligas de la Liga Provincial de Fútbol de Lima la Subcomisión de Fútbol de Aficionados regulará el número de representantes.

 

SEGUNDA.- Encárguese a las Ligas Deportivas Departamentales bajo responsabilidad el cumplimiento de las presentes bases.

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